Añade este blog a tus favoritos

Mostrando entradas con la etiqueta violencia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta violencia. Mostrar todas las entradas

viernes, 15 de octubre de 2021

CURSO ON LINE: JORNADAS MULTIDISCIPLINARES DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. AÑO 2021

En el marco de la Formación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género durante el año 2021, se convoca un curso online en directo que permite la intercomunicación entre los ponentes y participantes, denominado: “IV JORNADAS MULTIDISCIPLINARES DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. AÑO 2021: NUEVOS RETOS PARA MEJORAR LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO”, dirigido al personal al servicio de la Administración de Justicia recogido en la propia Convocatoria. 

Se celebrará del 22 a 24 de noviembre de 2021, con tres mesas redondas y siete ponencias, con un total de 15 horas lectivas. Las dos primeras jornadas serán en sesión de mañana y tarde, en horario de 9.30h a 13,00h y de 16.00h a 18.00h, y la última en sesión de mañana de 9.30h a 13.30h. 

Hay disponibles 35 plazas para funcionarios de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de todo el ámbito no transferido. 

Se abre plazo de inscripción hasta las 24:00 horas (hora peninsular) del día 2 de noviembre de 2021.

Os adjuntamos a continuación la convocatoria, solicitud e instrucciones para su cumplimentación y envío.

viernes, 18 de octubre de 2019

FORMACIÓN DERIVADA DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO PARA FORENSES, LETRADOS Y FISCALES


El Ministerio de Justicia nos ha remitido en el marco de la Formación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género del año 2019, está prevista la convocatoria de un curso de modalidad presencial denominado:
 
Lucha contra la violencia de género: perspectiva multidisciplinar 
Fecha: 27 y 28 de noviembre 2019
 
DESTINATARIOS
Son destinatarios de esta acción formativa dentro del ámbito del Ministerio de Justicia:

o Fiscales (15 plazas)
o Letrados de la Administración de Justicia (15 plazas)
o Médicos Forenses (15 plazas)

Las solicitudes se podrán presentar hasta las 24 horas, del 25 de octubre de 2019.

lunes, 14 de octubre de 2019

FORMACIÓN DERIVADA DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO PARA EL PERSONAL DE LOS I.M.L.


El Ministerio de Justicia nos ha remitido en el marco de la Formación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género del año 2019, está prevista la convocatoria de un curso de modalidad presencial denominado:

Lucha contra la violencia de género. Especial atención a las víctimas.
Fecha: 25 y 26 de noviembre 2019.

DESTINATARIOS

Son destinatarios de estas acciones formativas dentro del ámbito del Ministerio de Justicia, el personal adscrito a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses:

o Médicos Forenses
o Psicólogos
o Trabajadores Sociales

Preferentemente los interesados que justifiquen prestar servicios en la Unidad de Valoración Forense
Integral (UVFI) de los distintos IMLCF sin que esto suponga la exclusión de los no destinados en las UVFI, siempre que quedaran plazas vacantes.

Las solicitudes se podrán presentar hasta las 24 hrs, del 25 de octubre de 2019.

viernes, 13 de septiembre de 2019

FORMACIÓN DERIVADA DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.


En el marco de la Formación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género del año 2019, está prevista la convocatoria de dos cursos de modalidad presencial denominados:
  1.  “Lucha contra la violencia de género; especial atención a las víctimas. 1ª EDICIÓN” – 4 y 5 de noviembre 2019. (Lugar de celebración Madrid)
  2.  “Lucha contra la violencia de género; especial atención a las víctimas. 2ª EDICIÓN” – 11 y 12 de noviembre 2019. (Lugar de celebración Madrid)

Estos cursos están reflejados en las fichas descriptivas relacionadas en el ANEXO I, en las que se especifica la denominación, los destinatarios, la fecha, el lugar de celebración, el horario, la duración, el número  de participantes y el programa de cada una de ellas.

Las acciones formativas que se convocan podrán ser modificadas en razón de las necesidades organizativas que puedan surgir y si alguna de ellas no pudiera celebrarse en las fechas indicadas, se trasladaría a otras en que no existiera impedimento.

DESTINATARIOS

Son destinatarios de estas acciones formativas dentro del ámbito del Ministerio de Justicia:

El personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia perteneciente a los Cuerpos Generales de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa de Auxilio Judicial destinados preferentemente en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sean estos Exclusivos o Compatibles; así como en los Juzgados de lo Penal y en las Secciones de las Audiencia Provinciales especializados en Violencia sobre la Mujer, sin que esto suponga la exclusión de los destinatarios en otro tipo de juzgados siempre que quedaran plazas vacantes.

Con el fin de que el colectivo afectado esté debidamente informado, se procederá a la máxima e inmediata difusión de la convocatoria.

La gestión de dichos cursos, incluido el pago de los mismos, se llevará a cabo desde el Ministerio de Justicia.

SOLICITUDES

Quienes deseen participar en las acciones formativas remitirán la correspondiente instancia utilizando
el modelo normalizado en formato electrónico que se podrá cumplimentar en el archivo Word que consta en el Portal Área Jurídica.

Las solicitudes se podrán presentar hasta las 24 horas, del 23 de septiembre de 2019. 

Instrucciones de cumplimentación de modelo de solicitud: (Ver ANEXO II)

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE ASISTENTES

En caso de que el número de solicitudes excediera del número de plazas ofertadas para este fin, habrá que proceder a realizar una selección de acuerdo a los siguientes criterios:
  1. Tendrán preferencia los funcionarios de los cuerpos Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sean estos Exclusivos o Compatibles; así como en los Juzgados de lo Penal y en las Secciones de las Audiencia Provinciales especializados en Violencia sobre la Mujer.
  2.  Los interesados que no hayan participado en la formación de violencia de género del año 2018.
  3.  Antigüedad en la Administración de Justicia.
  4.  Se podrán flexibilizar los criterios de selección con el fin de cubrir las plazas vacantes que pudieran producirse, una vez aplicados los anteriormente mencionados.
GESTIÓN DEL VIAJE

La gestión del viaje se formalizará a través de la sucursal de la Agencia Globalia Corporate Travel, la cual tiene como misión encargarse de tramitar la reserva de transporte y alojamiento del personal que viaje con cargo al Ministerio de Justicia.

A tal efecto, el Ministerio de Justicia remitirá a los convocados, junto con la Comisión de Servicio, los datos de contacto de la Agencia para la gestión del viaje.
Se recuerda que, según el apartado f) de la Resolución de 9 de febrero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública y de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, se dictan instrucciones sobre Comisiones de Servicio con derecho a indemnización. “Con carácter general los desplazamientos se realizarán en transporte público, siendo excepcional el uso del vehículo particular, siempre que el mismo sea la alternativa más económica, debiendo justificarse lo indicado”.

martes, 9 de octubre de 2018

FORMACIÓN DERIVADA DEL PACTO DE ESTADO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO


El Ministerio de Justicia nos ha comunicado que en el marco de la Formación derivada del Pacto de Estado contra la Violencia de Género del año 2018, está prevista la convocatoria de tres cursos de modalidad presencial denominados:

1) Curso: Violencia de Género e Igualdad: estudio desde diversos ámbitos profesionales. 
Fecha: 6 y 7 de noviembre del 2018
Lugar: Madrid

2) Curso: Abordaje multidisciplinar de la Violencia de Género. Especial mención a la labor de los profesionales de la Administración de Justicia.
Fecha: 7 y 8 de noviembre del 2018
Lugar: Madrid

3) Curso: Justicia y Género, un reto del siglo XXI
Fecha: 12 y 13 de diciembre del 2018
Lugar: Madrid

Destinatarios:

El personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia perteneciente a los Cuerpos Generales de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del ámbito del Ministerio de Justicia y destinados preferentemente en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sean estos exclusivos o compatibles; así como en los Juzgados de lo Penal y en las Secciones de las Audiencias Provinciales especializados en Violencia Sobre la Mujer, sin que esto suponga la exclusión de los destinados en otro tipo de juzgados siempre que quedaran plazas vacantes.

Solicitudes:

Quienes deseen participar en las acciones formativas remitirán la correspondiente instancia utilizando el modelo normalizado en formato electrónico que se podrá cumplimentar en el pdf dinámico que consta en el PAJ: Área privada del portal de Funcionarios, INTCF e IML (https://www.administraciondejusticia.gob.es/paj/privado/), en el Home, abajo del todo, en el apartado de noticias se puede visualizar.

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 17 de octubre de 2018 (inclusive)

Criterios de selección

-Tendrán preferencia los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del ámbito del Ministerio de Justicia y destinados preferentemente en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sean estos exclusivos o compatibles; así como en los Juzgados de lo Penal y en las Secciones de las Audiencias Provinciales especializados en Violencia Sobre la Mujer.

- Antigüedad en la Administración de Justicia.

En el supuesto de que hubiera más solicitudes que plazas, se dará prioridad a los funcionarios que hayan realizado menos acciones formativas en los dos últimos años.
La selección se realizará directamente por el Ministerio de Justicia.

sábado, 19 de mayo de 2018

CONVOCATORIA CUSOS ON-LINE OPOSICIONES Y VIOLENCIA SOBRE LA MUJER GERENCIA DE VALLADOLID


La Gerencia de Valladolid nos ha remitido tres convocatorias de cursos on line 

Las solicitudes para todos ellos figuran como Anexo II de la convocatoria y se remitirán por fax a la Gerencia, del 21 de mayo al 4 de junio. Los cursos son los siguientes: 

- “Violencia de género, trata de seres humanos y Siraj”, dirigido preferentemente a funcionarios destinados en juzgados de violencia sobre la mujer, sin excluir al resto

Fecha de celebración: entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2018

Duración: 30 horas lectivas

Número de participantes: 100 

- “Preparación apasiones promoción interna de Gestión y Tramitación” dirigido a funcionarios titulares destinados en el ámbito territorial no transferido.

No consta en la convocatoria fecha s de realización ni número de participantes 

En caso de que el número de solicitudes excediera de la consignación presupuestaria para este fin, habrá que proceder a hacer una selección de acuerdo a los siguientes criterios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos para la promoción interna.

2. Antigüedad en la Administración de Justicia 

En el supuesto de que hubiera más solicitudes que plazas, se dará prioridad a los funcionarios que no hayan hecho el curso en años anteriores.

La selección la realizaría directamente el Ministerio (Sub. Gral. de Medios Personales). 

- “Preparación oposiciones turno libre”, dirigido a funcionarios interinos

No consta en la convocatoria fecha s de realización ni número de participantes 

En caso de que el número de solicitudes excediera de la consignación presupuestaria para este fin, habrá que proceder a hacer una selección de acuerdo a los siguientes criterios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos para la promoción interna.

2. Antigüedad en la Administración de Justicia 

En el supuesto de que hubiera más solicitudes que plazas, se dará prioridad a los funcionarios que no hayan hecho el curso en años anteriores.

La selección la realizaría directamente el Ministerio (Sub .Gral. de Medios Personales)

viernes, 18 de mayo de 2018

CONVOCATORIA CUSOS ON-LINE OPOSICIONES Y VIOLENCIA SOBRE LA MUJER


La Gerencia de Burgos nos ha remitido tres convocatorias de cursos on line 

Las solicitudes para todos ellos figuran como Anexo II de la convocatoria y se remitirán por fax a la Gerencia, del 21 de mayo al 4 de junio. Los cursos son los siguientes: 

- “Violencia de género, trata de seres humanos y Siraj”, dirigido preferentemente a funcionarios destinados en juzgados de violencia sobre la mujer, sin excluir al resto

Fecha de celebración: entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2018

Duración: 30 horas lectivas

Número de participantes: 100 

- “Preparación apasiones promoción interna de Gestión y Tramitación” dirigido a funcionarios titulares destinados en el ámbito territorial no transferido.

No consta en la convocatoria fecha s de realización ni número de participantes 

En caso de que el número de solicitudes excediera de la consignación presupuestaria para este fin, habrá que proceder a hacer una selección de acuerdo a los siguientes criterios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos para la promoción interna.

2. Antigüedad en la Administración de Justicia 

En el supuesto de que hubiera más solicitudes que plazas, se dará prioridad a los funcionarios que no hayan hecho el curso en años anteriores.

La selección la realizaría directamente el Ministerio (Sub. Gral. de Medios Personales). 

- “Preparación oposiciones turno libre”, dirigido a funcionarios interinos

No consta en la convocatoria fecha s de realización ni número de participantes 

En caso de que el número de solicitudes excediera de la consignación presupuestaria para este fin, habrá que proceder a hacer una selección de acuerdo a los siguientes criterios:

1. Cumplir con los requisitos exigidos para la promoción interna.

2. Antigüedad en la Administración de Justicia 

En el supuesto de que hubiera más solicitudes que plazas, se dará prioridad a los funcionarios que no hayan hecho el curso en años anteriores.

La selección la realizaría directamente el Ministerio (Sub .Gral. de Medios Personales)

lunes, 19 de febrero de 2018

Convocatoria 2º examen Tramitación, promoción interna 2017



En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del Tribunal de la oposición al cuerpo de Tramitación, turno de promoción interna 2017,  por el que se convoca a los aspirantes a la realización del segundo ejercicio y se hace público el baremo de corrección y las sedes de examen

Se realizará el próximo 24 de Febrero a las diez horas (nueve en Canarias) en cada una de las sedes que figuran en el Anexo I.

La sede de Valladolid es la sede del S.C.A.C.E., sita en la Plaza del Rosario nº 1, bajo, 47003 Valladolid.


viernes, 25 de noviembre de 2016

COMPLEMENTO ECONÓMICO EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.


En el día internacional contra la violencia doméstica y de género, el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- se suma a la declaración institucional del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, y al mismo tiempo recuerda e insiste en la postura y reivindicación, sostenida desde el año 2010, en relación con el complemento económico dejado de percibir por los compañeros que prestan sus servicios en los Juzgados de violencia sobre la mujer, postura que fue ratificada en el pasado Congreso Nacional del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia –STAJ-, celebrado el pasado mes de octubre.
Por tanto, se hace obligado hacer mención a la supresión del complemento específico de los Juzgados de Violencia contra la mujer en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia. 
El complemento de los Juzgados de Violencia sobre la mujer, se justifica desde el reconocimiento a una retribución por el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa de los funcionarios destinados  en los Juzgados de Violencia sobre la  mujer. Estos argumentos son los que la propia Administración señala en el Acuerdo de retribución de los funcionarios  y  Secretarios Judiciales destinados  en los Juzgados de Violencia sobre la mujer, en el año 2007, y en los sucesivos acuerdos de renovación del citado complemento.
 
Importa señalar que con la reforma de la Ley Orgánica de Poder Judicial, que entró en vigor el día 1 de octubre del año 2015, se establece la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más Partidos Judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad del Juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos. A mayor abundamiento, se amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar, modificaciones que a fecha de hoy están incrementando de forma notable la carga de trabajo de los funcionarios destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Por parte del legislador, y del propio Ejecutivo, ya que la reforma fue impulsada a través de un Proyecto de modificación de ley presentado por el Ejecutivo, se reconoce la exigencia de una respuesta especializada y una ampliación de funciones y de jurisdicción territorial. Este incremento en funciones y Jurisdicción hacen obligado que se recupere el complemento que se percibía en los Juzgados de Violencia sobre la mujer.
Tampoco se puede olvidar que en numerosas ocasiones, y cada vez con mayor frecuencia, determinados asuntos son incoados dentro del horario de audiencia pública de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, y por lo tanto no corresponde despachar al Juzgado de Guardia, pero su sustanciación y, en su caso, resolución se extiende de modo notable y reiterado más allá de la jornada ordinaria de trabajo. Este problema se manifiesta con mayor intensidad en la toma de declaraciones, celebración de juicios inmediatos, tramitación de las órdenes de protección, actuaciones todas ellas que la ley exige sean practicadas a la mayor brevedad. 
Es por ello que se precisa que esas actuaciones, más allá de la jornada ordinaria de trabajo, sean compensadas con un complemento específico propio de dichos Juzgados.
En este sentido, el Acuerdo de 17 de julio de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, modifica el Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, para contemplar un régimen singular de guardias en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. En  concreto, se  implanta  un  servicio  de  guardia  en  los  Partidos Judiciales donde existan cuatro o más Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Como consecuencia de ello, a través de la Orden  PRE/1118/2009,  de  7  de  mayo, se establece un complemento por los servicios de guardia para el  personal al servicio de la Administración de Justicia que presta sus servicios en los Juzgados de Violencia sobre la mujer en régimen de guardia, pero nada se dice respecto del personal que presta igualmente sus servicios en Juzgados de Violencia sobre la mujer en localidades en las que no hay servicio de guardia (capitales de provincia donde no se llega a los cuatro Juzgados de Violencia sobre la Mujer) o en las localidades en las que la competencia es asumida por los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, o los Juzgados de Instrucción (localidades en las que existe separación de Jurisdicción).
En estas localidades la competencia es la misma que en aquellas donde sí que existe el servicio de guardia, y como se ha expuesto anteriormente, esa competencia se materializa en actuaciones que se extienden de modo notable y reiterado más allá de la jornada ordinaria de trabajo, existiendo una discriminación y agravio evidente, que debe ser compensado.
En el caso de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, con la competencia de Violencia contra la mujer, hay que añadir, además, la competencia propia en materia civil, lo que aumenta la carga de trabajo de estos Juzgados.
Por otra parte, también existe una discriminación evidente entre los funcionarios destinados  en los Juzgados de Violencia sobre la mujer en ámbito Ministerio, a los que se les ha retirado el complemento, y los que lo hacen en otros ámbitos territoriales con la competencia de Justicia transferida, como es el caso de Madrid, Andalucía o Cataluña, dado que en estos ámbitos nunca han dejado de cobrar el complemento, al estar consolidado en nómina, siendo cantidades muy superiores a las que se percibían en ámbito Ministerio antes de su supresión. Esta situación de discriminación lleva a la frustración, pérdida de interés, e irremediablemente al conflicto laboral.
En los Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos, o los que tienen esa competencia asumida, como es el caso de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (en las localidades donde no existe separación de Jurisdicción) o los Juzgados de Instrucción (donde sí que existe separación de Jurisdicción) siguen existiendo, cuando menos, las mismas razones por el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa de los funcionarios destinados  en los Juzgados con la competencia de Violencia sobre la Mujer que existían en el año 2007 cuando se implantó el complemento. En ese sentido, nada ha variado respecto del año 2007, por lo que se hace necesario que se vuelva a introducir el complemento económico que se abonaba por prestar servicios en dichos Juzgados.

             A estas razones hay que añadir, como se ha apuntado anteriormente,  el incremento en funciones y jurisdicción introducidas en la modificación de la LOPJ, en vigor desde el 1 de octubre del  año 2015.
No obstante, el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia –STAJ-, advierte que no es suficiente la reimplantación del complemento en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sino que también se hace necesario aumentar proporcionalmente las plantillas, en atención a la carga de trabajo soportada por los diferentes órganos judiciales con competencias en materia de violencia sobre la mujer, especialmente en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

Esta cuestión del complemento en los Juzgados con competencias en materia de violencia sobre la mujer,  es obligada que sea tratada en la Mesa Sectorial de Justicia, que es la propia y específica para tratar el Régimen jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia, siendo de interés por parte del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-, que el Ministerio adquiera el compromiso de que en aquellas localidades donde no exista un régimen singular de guardias para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer se implante un complemento específico en dichos juzgados, debiendo ser la cuantía del mismo idéntica para todos los funcionarios de los Juzgados con competencias en materia de violencia sobre la mujer.

DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO


Con ocasión de día internacional contra la violencia doméstica y de género, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, hace pública una declaración institucional, a la cual se adhiere el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia –STAJ-, y pasamos a reproducir de forma literal.
  • El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, con motivo del Día Internacional contra la Violencia de Género que se celebra el 25 de noviembre, hace pública una declaración institucional.
“La violencia que se dirige sobre las mujeres, por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores como personas carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión, constituye uno de los ataques más flagrantes a los derechos humanos fundamentales, como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y la no discriminación, que se proclaman en nuestra Constitución.
La violencia de género se fundamenta en una situación desigualitaria de dominación por parte del hombre y de discriminación de la mujer, que le priva de su plena libertad. La subordinación de la mujer al hombre se realiza, entre otros mecanismos, a través de la violencia machista, que hoy en día es un elemento estructural de la sociedad.
Según denuncia ONU Mujeres, el impacto de la violencia de género produce múltiples consecuencias sanitarias, físicas, sexuales, psicológicas, e incluso mortales, para mujeres y niñas. Afecta negativamente al bienestar de las mujeres y de sus hijos e hijas, e impide su plena participación en la sociedad.
Además de tener consecuencias negativas para la mujer, la violencia de género también afecta a su familia, comunidad y país. Los altos costes asociados, que comprenden desde un aumento en gastos de atención de salud y servicios jurídicos a pérdidas de productividad, impactan en presupuestos públicos nacionales y representan un obstáculo al desarrollo.
La violencia de género no es solo un grave problema de las mujeres, sino que daña directamente a toda la sociedad mundial, y por tanto también a padres, hijos, hermanos, familiares y allegados varones de todas las mujeres que la sufren y al resto de ciudadanos, en cuanto dificulta el normal desarrollo de una sociedad democrática.
El concepto de violencia machista o violencia sobre la mujer debe entenderse sin necesidad de que la mujer haya sufrido los hechos penalmente relevantes en el marco de una relación sentimental presente o pasada. No cabe duda que un ataque a la libertad sexual de una mujer sin relación de pareja, como sucede al mutilar sus genitales o forzarla a ejercer la prostitución, son ataques directos a los bienes jurídicos más necesitados de protección y son consecuencia de una histórica desigualdad que lleva a una falsa y malentendida superioridad del hombre respecto de la mujer.
Se han logrado avances en los últimos tiempos, reformas legales de amparo de las víctimas, de los menores, que garantizan tanto sus derechos dentro del proceso penal como fuera del mismo, pero aún queda mucho por hacer.
Porque aspiramos, por utópico que pueda sonar, a que no haya ni una sola mujer asesinada, lesionada o damnificada más, a que pasemos de la tolerancia cero al objetivo de víctimas cero.

Tenemos tarea por delante: romper el silencio cómplice de toda la sociedad, garantizar a las víctimas y a sus hijos e hijas una ayuda integral, perseverar en la educación en valores de igualdad y respeto, incrementar la investigación y aplicar recta justicia.
Sumemos fuerzas y rechacemos unánimemente cualquier expresión, por mínima que parezca, de resistencia hacia la igualdad de género, combatamos activamente la discriminación, la crueldad y el ensañamiento contra las mujeres, aislemos al maltratador y condenemos a todos los que ejercen la más vil de las violencias de nuestra sociedad, violencia que cuesta vidas como las de este año, las de Mariana Carmen, Silvia, Mirella, Isabel, Lucinda Marina, María, Lisa Jane, Ascensión, Ana, Francisca, Soraya, Victoria, Silvia, Mª del Carmen, Cristina, Yolanda, Rosario, Marina Candelaria, Lucía, Jana, Mª Aránzazu, Teresa, Karla Belén, Alexandra, Benita, Kristina, Arantza, Xue Sandra, Johana Bertina, Jean May Evelyn, Florentina, Ada Graciela, Mónica, Stefany María, Mª Isabel, Jaqueline Suzzanne, Yolanda, Celia y Juana”.

jueves, 10 de diciembre de 2015

PROCEDIMIENTO DE MOVILIDAD DE LAS EMPLEADAS PÚBLICAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.


En el BOE de 10 de diciembre se ha publicado Resolución de 25 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el procedimiento de movilidad de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.



Las empleadas públicas víctimas de violencia de género que para hacer efectiva su protección, su derecho a la asistencia social integral o para recibir asistencia sanitaria, se vean obligadas a abandonar el lugar donde venían prestando sus servicios, tendrán derecho al cambio de destino. 
El traslado por violencia de género tendrá la consideración de traslado forzoso.

La empleada pública víctima de violencia de género que requiera una movilidad por razón de violencia de género, deberá presentar una solicitud dirigida directamente al titular de la Unidad competente en materia de recursos humanos del Ministerio, en el que se encuentre destinada

 

La acreditación de la situación de violencia de género a efectos de lo dispuesto en esta Resolución se realizará por alguno de los siguientes medios:



a)Sentencia condenatoria.
b)Orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
c)Resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares penales para la protección de la víctima.
d)Certificado/informe acreditativo de atención especializada, expedido por un organismo público competente en materia de violencia de género

 

Recuerden que en el artículo 63 de nuestro Reglamento de Ingreso se contempla la posibilidad de traslado por causa de violencia de género sobre la mujer funcionaria. 

viernes, 30 de octubre de 2015

JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. STAJ SOLICITA MESA SECTORIAL DE JUSTICIA.


El pasado 19 de octubre el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- presentó escrito en el Ministerio de Justicia, dirigido al Sr. Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, solicitando que se convoque la Mesa sectorial de Justicia en orden a tratar el tema de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Se pretende insistir en los problemas que existen en los esos Juzgados de violencia sobre la mujer, y de la importancia de la tramitación de los asuntos que en estos Juzgados se conocen, en los cuales hay que abordar situaciones de enorme gravedad que provocan gran alarma social, lo que obliga a tener que afrontar estos casos con la mayor celeridad e inmediatez, de forma que cada vez con mayor frecuencia determinados asuntos son incoados dentro del horario de audiencia pública de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, y por lo tanto no corresponde despachar al Juzgado de Guardia, pero su sustanciación y, en su caso, resolución se extiende de modo notable y reiterado más allá de la jornada ordinaria de trabajo.

A esto hay que sumar que la reciente modificación de la LOPJ establece la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más Partidos Judiciales, y se amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, modificaciones que sin lugar a dudas incrementarán de forma notable la carga de trabajo de los funcionarios destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. 
  
Este incremento en funciones y jurisdicción recogido en la LOPJ, así como las actuaciones practicadas en el Juzgado más allá de la jornada ordinaria de trabajo, hacen obligado que se recupere el complemento que se percibía en los Juzgados de Violencia sobre la mujer. 

El complemento de los Juzgados de Violencia sobre la mujer, se justifica desde el reconocimiento a una retribución por el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa de los funcionarios destinados en los Juzgados de Violencia sobre la mujer.

Por otra parte, también existe una discriminación evidente entre los funcionarios destinados en los Juzgados de Violencia sobre la mujer en ámbito Ministerio, a los que se les ha retirado el complemento, y los que lo hacen en otros ámbitos territoriales con la competencia de Justicia transferida, como es el caso de Madrid, Andalucía o Cataluña, dado que en estos ámbitos nunca han dejado de cobrar el complemento, al estar consolidado en nómina, siendo cantidades muy superiores a las que se percibían en ámbito Ministerio antes de su supresión. Esta situación de discriminación lleva a la frustración, pérdida de interés, e irremediablemente al conflicto laboral. 

No obstante, el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-, en el escrito dirigido al Sr. Director General, advierte que no es suficiente la reimplantación del complemento en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sino que también se hace necesario aumentar proporcionalmente las plantillas, en atención a la carga de trabajo soportada por los diferentes Órganos Judiciales con competencias en materia de violencia sobre la mujer, especialmente en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.


Desde -STAJ-  creemos que se hace necesario la convocatoria de la Mesa sectorial de Justicia para tratar la cuestión de los Juzgados de violencia sobre la mujer, en lo relativo al complemento económico y la posibilidad de incremento de plantillas en atención a la carga de trabajo.

lunes, 2 de marzo de 2009

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Se ha prorrogado el Programa de Actuación que había establecido un complemento específico para los funcionarios destinados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Tras la prórroga, estos funcionarios cobrarán en breve las cantidades que se les adeudan desde septiembre de 2008. Adjuntamos enlace al documento que prorroga dicho programa.
Prórroga del Programa de Actuación para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer