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lunes, 29 de marzo de 2010

Semana Santa. Jornada Reducida.


La Resolución 14 de septiembre de 2005, por la que se determina el calendario y la jornada laboral para el personal del Territorio no transferido (ámbito Ministerio), establece en su artículo quinto lo siguiente:

"....... Durante la Semana Santa se disfrutará de cuatro días con jornada reducida, de nueve a catorce horas. En las localidades donde sea festivo el Jueves Santo, la jornada reducida comprenderá el lunes de Pascua".