En el BOE de hoy 2 de Julio se ha publicado la resolución que recoge los supuestos de bajas médicas que no tendrán aparejado ningún descuento.
Os recordamos que la LOPJ fue modificada en Diciembre de 2012 en el sentido de que cuando no acudiéramos a trabajar por caer enfermos se no descontaría el 50% de las retribuciones entre el primer y tercer día y el 25% de las retribuciones entre el cuarto y el vigésimo día; a partir del vigésimo primero no habrá descuentos. Se difería la entrada en vigor de esta medida hasta que el Ministerio dictara la resolución publicada hoy, y en todo caso hasta un plazo máximo de seis meses, que se cumplió el pasado 29 de Junio.
Estamos pendientes de que el Ministerio de Hacienda publique la resolución por la que no se descontará nada por situaciones de enfermedad que no den lugar a baja, con un límite de cuatro días al año, tal y como tienen los funcionarios de la Administración General del Estado, Jueces y otros colectivos.
Esperamos, y así se lo hemos solicitado desde STAJ al Ministerio de Justicia, que no descuente por esos días hasta que se haga esta publicación