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jueves, 2 de octubre de 2014

Consulta bases de datos: El Supremo condena a tres años y medio de prisión a un funcionario de la Seguridad Social por revelar datos de trabajadores y empresas


En la página Web del Consejo General del Poder Judicial, se informa de una sentencia del Tribunal Supremo por la que se condena a un funcionario de la Seguridad Social por revelación de datos, a los que tuvo acceso a través de la base de datos de este organismo.

La condena es de tres años y seis meses de cárcel por pasar datos de trabajadores y empresas al jefe de seguridad de El Corte Inglés en Valladolid y a agentes de la Policía y la Guardia Civil, con quienes mantenía una relación personal.

El alto tribunal revoca la absolución dictada por la Audiencia de Valladolid, provincia donde trabajaba el funcionario, y considera que cometió un delito de revelación de datos de carácter personal, por lo que, además de a la pena de cárcel, es condenado a inhabilitación absoluta por seis años y a pagar una multa de 3.240 euros.

La Audiencia vallisoletana le absolvió al entender que su conducta encajaba en el uso indebido de información por parte de funcionario (artículo 417 del Código Penal) y no en el de acceso a datos reservados de carácter personal por el que acusaba la Fiscalía (artículos 197 y 198 del Código), por lo que en virtud del principio acusatorio no procedía la condena.

El Supremo no comparte ese criterio e indica que una cosa es que como funcionario de la Tesorería de la Seguridad Social estuviera autorizado para acceder a determinadas bases de datos a través de una clave, y otra que esa autorización amparase el acceso a tales bases al margen de cualquier expediente o actuación oficial.

Conviene tener esto muy en cuenta para saber a lo que nos exponemos los trabajadores de la Administración de Justicia, donde se trabaja constantemente con estas bases de datos.