El
Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la Ley Orgánica de
reforma del Código Penal, por 181 votos a favor, 138 en contra y 2
abstenciones, la norma entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2015.
La
reforma revisa el régimen de penas y su aplicación, se introducen nuevas figuras delictivas o se adecuan
los tipos penales ya existentes, y se suprimen aquellas otras infracciones que,
por su escasa gravedad, no merecen reproche penal.
El
nuevo Código Penal, siguiendo el modelo de otros países de nuestro entorno
europeo, explica el Gobierno, introduce la prisión permanente revisable para aquellos
delitos de extrema gravedad, en los que los ciudadanos demandaban una pena
proporcional al hecho cometido.
En
este mismo sentido, se revisan los delitos de homicidio, asesinato y
detención ilegal o secuestro con desaparición, y se amplían los marcos penales dentro de los cuales los tribunales
podrán fijar la pena de manera más ajustada a las circunstancias del caso
concreto; y se modifica la regulación de la suspensión y de la sustitución
de las penas privativas de libertad.
De
otra parte, se suprimen las faltas que
históricamente se regulaban en el Libro III del Código Penal, a fin de reducir
el número de asuntos menores que, en gran parte, pueden encontrar respuesta a
través del sistema de sanciones administrativas y civiles.