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viernes, 9 de octubre de 2015

CUADRO DE CLASIFICACIONES PROFESIONALES DE LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA. TITULACIÓN EXIGIDA PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS GENERALES NACIONALES DE JUSTICIA.



El art. 474 de la LOPJ en su punto primero dice: ”El personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se regirá por las normas contenidas en esta ley orgánica, en las disposiciones que se dicten en su desarrollo y, con carácter supletorio, en lo no regulado expresamente en las mismas, por la normativa del Estado sobre Función Pública.”

CUERPOS GENERALES: los que su cometido consista esencialmente en tareas de contenido procesal, sin perjuicio de la realización de funciones administrativas vinculadas a las anteriores ( art. 475 LOPJ). Son Cuerpos Generales:
  1. Gestión Procesal y Administrativa
  2. Tramitación Procesal y Administrativa
  3. Auxilio Judicial.
CUERPOS ESPECIALES: cuando su cometido suponga esencialmente el desempeño de funciones objeto de una profesión o titulación específica. Son Cuerpos Especiales:

  1. Médicos forenses
  2. Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
  3. Técnicos especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  4. Ayudantes de laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
El Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (Secretarios Judiciales), se les considera un Cuerpo "Superior Jurídico".

CUERPOS GENERALES
TÍTULACIÓN
GRUPO
Gestión Procesal y Administrativa.


Diplomado Universitario, Ingeniero Téc., Arquitecto Téc. o equivalente.
A2
Tramitación Procesal y Administrativa.
Título de Bachiller o equivalente.
C1
Auxilio Judicial.
 Título de graduado en E.S.O. o equivalente.
C2
CUERPOS ESPECIALES
TÍTULACIÓN
GRUPO
Médicos Forenses
Licenciado o Graduado en Medicina y de especialista en Medicina Forense.
A1
Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Licenciado en una carrera universitaria en Ciencias Experimentales y de la Salud
A1
Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
Título de Técnico Superior en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales
B
Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Título de Técnico en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales
C1

El art. 474 de la LOPJ en su punto primero dice: ”El personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se regirá por las normas contenidas en esta ley orgánica, en las disposiciones que se dicten en su desarrollo y, con carácter supletorio, en lo no regulado expresamente en las mismas, por la normativa del Estado sobre Función Pública.”

CUERPOS GENERALES: los que su cometido consista esencialmente en tareas de contenido procesal, sin perjuicio de la realización de funciones administrativas vinculadas a las anteriores ( art. 475 LOPJ).

El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

La titulación exigida para el acceso a este Cuerpo es la de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
           
Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.

El Cuerpo de Auxilio Judicial.

Para cuyo ingreso se exigirá estar en posesión del título de graduado en E.S.O. o equivalente.
           
CUERPOS ESPECIALES: cuando su cometido suponga esencialmente el desempeño de funciones objeto de una profesión o titulación específica. Son Cuerpos Especiales:
           
El Cuerpo de Médicos Forenses.

Para el acceso al Cuerpo de Médicos Forenses se exige estar en posesión de los títulos oficiales de Licenciado o Graduado en Medicina y de especialista en Medicina Forense.
           
El Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Para el ingreso en este cuerpo se deberá ser licenciado en una carrera universitaria en Ciencias Experimentales y de la Salud, que se determinará en las correspondientes convocatorias, según la especialidad por la que se acceda al cuerpo.
           
El Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.      

Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se determinen en las bases de las convocatorias de los procesos selectivos, de conformidad con el contenido de los puestos de trabajo que se oferten.
           
El Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Para el acceso a este cuerpo se exigirá estar en posesión del título de Técnico en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales que se determinen en las bases de las convocatorias de los procesos selectivos, de conformidad con el contenido de los puestos de trabajo que se oferten.

ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

Artículo 76. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:

Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.

Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.

Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.

C1: título de bachiller o técnico.
C2: título de graduado en educación secundaria obligatoria.