En la página del Gobierno de la Comunidad de Madrid se ha publicado la
siguiente información relativa a la solicitud de la devolución del 26 %
de la paga extraordinaria de 2012.
Los compañeros que os encontréis en alguna de las siguientes situaciones
deberéis solicitar la devolución, mediante el modelo que adjuntamos.
ABONO PREVIA SOLICITUD
- Empleados que hayan cesado/finalizado la relación laboral/servicios o se encuentren en situación de excedencia.
La percepción de dicho abono requerirá solicitud previa del interesado o
de sus herederos legales al Centro Gestor al que le hubiera
correspondido abonar la paga en diciembre de 2012. Quedan incluidos en
el presente apartado los siguientes:
- Empleados públicos que desde esa fecha (diciembre de 2012) hayan concursado a otra Administración ( otro ámbito territorial)
- Empleados que hayan promocionado como funcionario o estatutario (Procesos de Promoción Interna o Estatutarización).
- Empleados que hayan finalizado la relación de servicio (aunque
con posterioridad a esa fecha, con o sin solución de continuidad, hayan
podido iniciar una o varias relaciones de empleo con la Comunidad de
Madrid).
- Jubilados
- Fallecidos
Para cualquier información adicional dirigirse a la unidad de personal
de la Consejería, Organismo Autónomo o Ente donde prestó sus servicios.
Si tenéis alguna duda, podéis poneros en contacto con nosotros a través
de email o por teléfono.