INFORMACION SOBRE OMISIONES EN LAS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL ANTERIORES A AGOSTO DE 1990
Como sabéis, nuestros
servicios jurídicos han llevado numerosas reclamaciones sobre falta de
cotización de determinados periodos a la Seguridad Social de personal
interino, habiendo conseguido las extensiones de sentencia que habíamos
iniciado.
A pesar de haberse
logrado las extensiones de Sentencia, la Seguridad Social está poniendo
obstáculos para la ejecución de lo acordado por el Juez. Finalmente,
nuestros servicios jurídicos han exigido el cumplimiento de los autos de
extensión en sus términos y el Juez ha ordenado a la Seguridad Social
la ejecución, obligándola a computar los periodos no cotizados, a
efectos de pensión de jubilación, ante lo cual, la Administración no ha
tenido otro remedio que cumplir. En estos días nuestros afiliados están
recibiendo ya la notificación de este acuerdo de cumplimiento por parte
de la Seguridad Social.
Ante esto, desde STAJ
hemos vuelto a exigir al Ministerio de Justicia y a la Seguridad Social
que solucionen todos los casos aún pendientes sin necesidad de
continuar judicializando el asunto, colapsando los juzgados y tribunales
con trámites de ejecución forzosa que deberían ser innecesarios.
Recordemos, además, que este punto es uno de los que aún están
pendientes de cumplir del acuerdo de diciembre de 2015 con el Ministerio
de Justicia, por lo que ya no caben más excusas para proceder a su INMEDIATO CUMPLIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE TODOS LOS PERIODOS TRABAJADOS y NO COTIZADOS.
Sin duda se trata de
un gran logro, y demuestra que cuando los derechos de los funcionarios
son pisoteados, hay que actuar en consecuencia, acudiendo si es preciso a
los Tribunales para lograrlo, como hacemos desde STAJ cuando ya no queda otra vía.