El Pleno del Senado aprueba la
introducción de enmiendas a la reforma de la LOPJ para mantenimiento de los
centros de destino.
Se aprueba, igualmente, la
introducción de mecanismos de Carrera Profesional, la eliminación de los
descuentos en situaciones de IT, y la eliminación de la obligación de cesar a
los interinos de refuerzos a los seis meses.
Tal como fue manifestado por los
diversos Grupos Políticos a STAJ, el
Pleno del Senado ha aprobado en sesión celebrada hoy 12 de diciembre, la
introducción de diversas enmiendas al texto remitido por el Congreso de los
Diputados.
Aunque no están todas las enmiendas que había pedido STAJ, (recuperación reserva 50 por
ciento en promoción interna o la eliminación de la prohibición de incremento de
personal en caso de nombramiento de Jueces de Adscripción para refuerzo de
juzgados o tribunales (accede aquí a las enmiendas propuestas por STAJ ) sí que recoge una parte muy importante.Sin perjuicio de ampliar o corregir esta información tan pronto contemos con el texto definitivamente aprobado en el Senado, podemos adelantar que se ha retirado la reforma del Artículo 521 LOPJ, de modo que queda con su redacción actual y por tanto continúan los mismos centros de destino.
Se elimina también del texto
aprobado en el Congreso la limitación de la duración de los refuerzos a 6
meses, que se elimina.
También se aprueba la
introducción de la Carrera Profesional y la posibilidad de establecimiento de
su complemento retributivo en la LOPJ para el personal de la Administración de
Justicia, hasta ahora vedada para estos funcionarios.
Por último, se aprueba la
modificación del artículo 504 para la eliminación de los descuentos en
situaciones de Incapacidad Temporal y actualización de retribuciones durante
las mismas. Enmiendas todas que habían sido solicitadas por STAJ a los Grupos Parlamentarios.
Por otra parte, se mantiene en el
texto la recuperación plena del permiso de 9 días por asuntos particulares, con
efectos retroactivos a 2017, pudiendo disfrutarse los correspondientes a 2017 y
2018 en el año 2019 (aunque con limitaciones en cuanto su disfrute, porque no
podrán acumularse entre sí, ni a las vacaciones).