Añade este blog a tus favoritos

lunes, 17 de febrero de 2020

Mesa de acción social


El pasado jueves día 13 de marzo, se celebró reunión sobre la  Acción Social del ámbito no transferido correspondiente al año 2020.


Desgraciadamente no hay noticias nuevas sobre las cantidades que se van a destinar ya que el Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público ha condicionado el presupuesto dirigido. El artículo 3 de dicha norma indica que "los gastos de acción social, en términos globales, no podrán experimentar ningún incremento en 2020 respecto a los de 2019. A este respecto, se considera que los gastos en concepto de acción social son beneficios, complementos o mejoras distintos a las contraprestaciones por el trabajo realizado cuya finalidad es satisfacer determinadas necesidades consecuencia de circunstancias personales del citado personal al servicio del sector público".

Desde STAJ nos hemos quejado rotundamente y, por supuesto, dada las cantidades nimias de las que hablamos, sí que hemos exigido que se actualicen los límites de rentas ya que desde al menos 2010 no se han variado ni un céntimo. Todo ello supone que cada año más compañeros sean excluidos de la acción social. Por lo tanto, dicho lo anterior, un año más todas las centrales sindicales nos levantamos de la Mesa de Acción Social y no hubo negociación.
Es innegable que deben subirse los límites y es necesario que el Ministerio de Justicia, en las próximas normas que se dicten al respecto, reclame al Ministerio de Hacienda los fondos perdidos tiempo atrás. 
Por lo que se refiere a la propia solicitud de la Acción social, cuya convocatoria se espera para finales de febrero o principios de marzo, el Ministerio de Justicia ha indicado algunas novedades para facilitar la petición:
Este año, previa publicación de un nuevo manual para cumplimentar la solicitud, se permite guardar en borrador para poder continuarla más adelante en caso de duda o que se deba aportar algún documento que no se tenga en el momento.  Asimismo, se podrá incorporar la documentación de rentas o la autorización de comprobación de rentas del año anterior al marcar la casilla correspondiente.
Se incorpora en el perfil de cada candidato a la acción social, el número de hijos que se tiene, guardado de años anteriores, por lo que, en su caso, habría que añadir al nacido posteriormente.