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viernes, 20 de marzo de 2020

El CGPJ determina que deben quedar suspendidas las comparecencias periódicas de personas investigadas en causas penales


Publicado en www.poderjudicial.es:
 
Los jueces podrán acordar el mantenimiento de la medida cautelar sólo cuando aprecien circunstancias excepcionales que así lo aconsejen 
 

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado que las comparecencias apud-acta acordadas en procedimientos penales deben quedar suspendidas con carácter general durante el tiempo de vigencia del estado de alarma decretado por el Gobierno.

El pronunciamiento de la Comisión Permanente, que se ha reunido hoy con carácter extraordinario, responde a la consulta elevada por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en relación con esta cuestión.

Basándose en un informe jurídico del Gabinete Técnico, la Comisión Permanente señala que la medida cautelar consistente en la comparecencia ante el juzgado de personas sometidas a una investigación penal debe suspenderse como consecuencia de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19.

Sólo en casos excepcionales, cuando entiendan que existen riesgo de ocultación o fuga, los jueces podrán acordar el mantenimiento de la comparecencia apud-acta. En esos casos, el juez deberá comunicarlo al juzgado de guardia del lugar donde haya de celebrarse la comparecencia, así como al propio interesado.

La celebración de este tipo de comparecencias deberá realizarse, en todo caso, evitando en la medida de lo posible la presencia física y empleando medios alternativos como llamada telefónica, correo electrónico o notificación a la representación procesal o defensa del investigado.