Desde el día 1 de abril podéis consultar el borrador de la declaración
de la renta 2019, en el que se reflejan los ingresos y rendimientos
obtenidos durante ese año, accediendo a la página de la AEAT. El plazo de presentación finaliza el 30 de junio.
Desde la página de la Agencia Tributaria se informa que las oficinas de la AEAT estarán temporalmente cerradas para la atención presencial, pero señalan que "la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias".
En el portal del área privada de la Administración de Justicia podéis descargaros ya el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del año 2019 (IRPF).
Desde la página de la Agencia Tributaria se informa que las oficinas de la AEAT estarán temporalmente cerradas para la atención presencial, pero señalan que "la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias".
En el portal del área privada de la Administración de Justicia podéis descargaros ya el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del año 2019 (IRPF).
Recordad que los que estéis afiliados a algún sindicato podéis
aplicaros la deducción en el apartado rendimientos de trabajo en la
casilla nº 014. La cuota sindical al sindicato STAJ son 4 euros al mes.