En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la siguiente noticia:
Los órganos de personal continuarán emitiendo licencias por
enfermedad aun cuando no dispongan del parte de baja acreditativo del
proceso patológico y la asistencia sanitaria.
"El Gobierno, a propuesta del ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha aprobado hoy los términos que garantizan la continuidad de las retribuciones de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) a los funcionarios de Justicia en situación de incapacidad temporal durante el estado de alarma.
Estas normas temporales de actuación dirigidas a los órganos de
personal para dar cobertura a la tramitación y abono de las diferentes
situaciones, están incluidas en la Disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en
materia de empleo agrario, aprobado hoy en el Consejo de Ministros.
Respecto de los mutualistas que lleven seis meses en situación de
incapacidad temporal con anterioridad al estado de alarma, los órganos
de personal continuarán emitiendo licencias por enfermedad aun cuando
no dispongan del parte de baja acreditativo del proceso patológico y la
asistencia sanitaria. Lo recabarán posteriormente, cuando este pueda ser
expedido por el facultativo de la entidad o servicio público de salud.
Además, deberán comunicar a MUGEJU, por la aplicación informática
habitual, los periodos temporales a los que corresponden las licencias y
seguirán abonando el 100% de las retribuciones, sin efectuar el
descuento de las retribuciones complementarias hasta que no finalice el
estado de alarma.
MUGEJU compensará las cantidades equivalentes al subsidio de
incapacidad temporal a la entidad que haya continuado abonando estas
retribuciones con posterioridad y previa acreditación del cumplimiento de
los requisitos.
Si la incapacidad temporal se inició con posterioridad a la declaración del
estado de alarma, los órganos de personal podrán emitir la licencia inicial
y, en su caso, las prórrogas de la misma aun cuando no dispongan del
parte de baja, que recabarán posteriormente cuando pueda ser expedido.
Deberán igualmente comunicar la situación de incapacidad temporal a
MUGEJU por el procedimiento habitual."