En el BOE de hoy jueves 16 de abril, se publica la Orden SND/347/2020, de 15 de abril, por la que se modifica la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.
En esta orden se recoge para el colectivo de MUGEJU la medida de excepcionar transitoriamente la obligación de estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.
Además, al objeto de garantizar la continuidad de los tratamientos crónicos activos actualmente, entendiendo por tales aquellos de esa naturaleza que cuenten con una prescripción por un profesional sanitario autorizado y que haya sido dispensada en 2020, se prorroga la validez de los mismos por todo el tiempo de vigencia del presente estado de alarma, y se autoriza, en consecuencia la dispensación en oficinas de farmacia de los medicamentos y productos sanitarios incluidos en dicha prescripción.
RECETA ELECTRÓNICA MUTUALISTAS DEL SERVICIO VASCO DE SALUD
En la página Web de Mugeju se informa que el colectivo de mutualistas adscritos al Servicio Vasco de Salud se ha integrado en el sistema de receta electrónica de ese servicio público de salud, desde el 16 de abril de 2020.
Con esta incorporación, actualmente disponen de receta electrónica los mutualistas adscritos a los sistemas públicos de salud de las comunidades de Valencia, Madrid, Baleares y País Vasco..
No está previsto a corto plazo la incorporación de los de Castilla y León.