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martes, 30 de junio de 2020

REUNIÓN MINISTERIO SINDICATOS PLANES DE ACTUACIÓN 30-6-2020


Este mediodía ha tenido lugar una reunión entre el Ministerio de Justicia, STAJ y resto de sindicatos representativos a nivel nacional pata negociar el Plan de Actuación para el refuerzo de los órganos de las jurisdicciones social, contencioso y mercantil, para hacer frente a la situación generada por el COVID-19. 

Hemos presentado queja por la falta de concreción, datos y ambigüedad del documento, señalando que se remitió ayer a las 21h. La especial importancia del Plan de recuperación, exige otra actuación, una vez más la falta de datos y transparencia es evidente. 

Adelantar que la primera reivindicación de STAJ ha sido exigir convocatoria de Mesa de retribuciones y empleo para abordar en un plan la subida del complemento específico. Si quieren colaboración deben de demostra interés por sus funcionarios y solucionar de una vez la brecha salarial existente. 

El Ministerio en ese documento que trasladó se recogen dos fases diferenciadas: 
  • Primera fase (entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020), centrada en la jurisdicción social y en los juzgados de lo mercantil.
  • Segunda fase (que se iniciará el 1 de enero de 2021) se contará con datos más completos del impacto de la crisis, lo que permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar en esta fase y que serán objeto de un desarrollo posterior. En fase se incluiría también a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, incidiendo en los procedimientos de reclamaciones aéreas.
Para la determinación de los órganos concretos donde se aplicará el Plan de Actuación, el ministerio prevé aplicarlo según datos que no ha trasladado a pesar de haberlo solicitado todos los sindicatos. Nos remiten el siguiente cuadro de medidas de refuerzo. 
 
TRAMO
CARGAS DE TRABAJO MÓDULOS CGPJ
MEDIDAS
I
Menor del 100% módulo
No aplica
II
Del 100 % al 130 %
No aplica
III
Del 131 % al 150 %
Medidas de auto refuerzo
IV
Del 151 % al 200%
Auto-refuerzo + refuerzo externo, según pendencia
1040 asuntos para jurisdic. social y 565 para mercantil
V
Mayor del 200 %
Medidas de auto-refuerzo + refuerzo externo


Se contemplan dos formas de refuerzos: 

1.- AUTO-REFUERZOS.- Consistirían en cumplimientos de objetivos dentro de estos planes de actuación. El Ministerio plantea un auto-refuerzo de un letrado, un gestor, un tramitador y un auxilio por cada dos órganos judiciales. 

2.- REFUERZO EXTERNO.- Consistirían en un juzgado bis con personal titular con comisión de servicios con relevación de funciones y/o interinos de refuerzo., con una plantilla de un letrado, dos gestores, dos tramitadores y un auxilio por cada dos órganos

Desde STAJ no aceptamos esta propuesta, hemos realizado diversas alegaciones, que os detallamos en este comunicado, deben incluir otras jurisdicciones. En todo caso hay que trabajar sobre la pendencia existente, además de contar con el aumento de trabajo que se va a producir en todos los juzgados y tribunales. El objetivo fijado por este Ministro debe ser más ambicioso, no caer una vez más, en pequeñas soluciones que no resuelven ni van a satisfacer a la ciudadanía y mucho menos resolver la realidad de muchos juzgados y tribunales ya colapsados. 

Nos traslada el Ministerio este cuadro (las retribuciones del Plan de Actuación van ligadas al cumplimiento de objetivos): 

JURISDICCIÓN SOCIAL
JURISDICCIÓN MERCANTIL

LAJ
GP/ TP
AJ

LAJ
GP/ TP
AJ
+ 145
500 €
12 puntos
9 puntos
+20%
500 €
12 puntos
9 puntos
+ 155
600 €
14 puntos
10 puntos
+30%
600 €
14 puntos
10 puntos
+ 165
700 €
16 puntos
11 puntos
+40%
700 €
16 puntos
11 puntos

*Valor del punto: 28,64 € 

STAJ rechaza el plan tal y como lo han planteado, no aportan datos, se discrimina en retribuciones, no abordan medios personales suficientes, los objetivos son inaceptables y el criterio de selección es subjetivo, depende de cada Letrado….. 

Hemos realizado entre otras las siguientes alegaciones:
  • El plan debe incluir a los órganos de todas las jurisdicciones no sólo conforme se vaya incrementando su carga de trabajo, sino teniendo en cuenta el atraso existente actualmente en muchos órganos. La jurisdicción civil debe ser incluida en estos planes, haciendo especial referencia a familia. Se ha de incluir en la segunda fase la ejecución, algo no contemplado. No podemos aceptar que los planes terminen en dictar Sentencia, Auto o Decreto. También se ha de incluir a las Fiscalías, así como a las Audiencias Provinciales y TSJ cuando se produzca el incremento de grabajo por efecto de las apelaciones.
  • STAJ ha exigido que la participación en los planes sea en todo caso VOLUNTARIA. Nos parece que las medidas de refuerzo son insuficientes, la plantilla es corta, STAJ ha solicitado que se incluya toda la plantilla del juzgado siempre que sea voluntario. En todo caso, como mínimo se debe aumentar.
  • Los objetivos son demasiado ambiciosos y dependen de terceros. No aceptamos que el pago venga ligado al cumplimiento de unos objetivos que no dependen del trabajo de los funcionarios sino de terceros como son jueces y letrados; se ha de retribuir a los funcionarios en función de su trabajo, que consta en Minerva y otros programas. Sin olvidar el reparto de Salas de Vistas disponibles, etc.
  • Es del todo intolerable la cicatería y el agravio comparativo en las retribuciones. Exigimos las mismas retribuciones de los LAJ para todos los cuerpos y, en todo caso, no se puede retribuir menos de 16, 18 y 20 puntos según el cumplimiento de objetivos.
  • No aceptamos que el letrado elija a las personas que han de realizar el plan de actuación, ha de ser voluntario y si hay más interesados que plazas, hacer turnos rotatorios. Se deben fijar criterios de selección claros “no admitimos el dedo del superior correspondiente” debe ser una selección objetiva y no subjetiva, SIN OLVIDAR que STAJ ha solicitado que se incluya toda la plantilla que quiera realizar el plan de forma voluntaria.
  • Sobre el refuerzo externo, si hay funcionarios voluntarios para ir a estos destinos, se respetará primero la comisión de servicios con relevación de funciones y posterior nombramiento de personal interino. En la plaza que deje el funcionario en su anterior destino se nombrará funcionario interino.
  • Se ha de tener en cuenta la configuración de la NOJ. El Ministerio alega que apenas afecta, parece olvidar que ya hay bastantes ciudades con la NOJ implantada por lo que, en el caso de tener que aplicar estas medidas, se debe tener en cuenta su especial configuración.
  • Deben de aportar datos, si han afirmado que la mayoría de los juzgados sociales y mercantiles están dentro de estos planes “en aras de esa transparencia que tanto alardea este gobierno” que faciliten datos y órganos afectados.
  • Deben regular el teletrabajo, fomentar su uso, dar medios y poner fin a las carencias que sufrimos este colectivo y en especial el ámbito no transferido.
  • Cada Comunidad transferida debe tener plena libertad en la negociación de estos planes de actuación en su ámbito. Recordando que acabó el estado de alarma.
El Ministerio de Justicia ha comunicado que estudiarán nuestras propuestas, y nos remitirán documento el próximo jueves, indican que quieren llevar este plan de recuperación de la Justicia al Consejo de Ministros del próximo martes.