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jueves, 19 de noviembre de 2020

Gastos de funcionamiento de juzgados de paz

En el BOE de hoy jueves se publica la Orden JUS/1073/2020, de 16 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de octubre de 2020, por el que se fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 prorrogados para 2020, destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz.

Las subvenciones a los ayuntamientos para los gastos de funcionamiento de los juzgados de paz se modularán en función de la población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes tramos:

Número de habitantes

Cuantía anual/euros

De 1 a 499

311

De 500 a 999

582

De 1.000 a 2.999

1.101

De 3.000 a 4.999

1.603

De 5.000 a 6.999

2.004

De 7.000 o más

2.336


Este acuerdo será de aplicación a los Ayuntamientos de la Comunidad de Castilla y León, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Comunidad Autónoma de Extremadura y Comunidad Autónoma de la Región de Murcia