En el BOE de hoy, 23 de junio, se publica la Resolución de 9 de junio de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se establecen las vías para la presentación de solicitudes de prestaciones complementarias.
Las solicitudes de las prestaciones complementarias se podrán presentar todos los días del año a través de la sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es/). A dichas solicitudes deberá acompañarse la documentación correspondiente en formato electrónico.
Para los mutualistas en activo, no se admitirá otra forma de presentación de las solicitudes de prestaciones complementarias más que la vía telemática, a través de la sede electrónica.
Los mutualistas que no estuvieren en activo o acrediten la imposibilidad de cursar su petición en la forma indicada en el apartado anterior, podrán presentar sus solicitudes en formato papel ante la Gerencia, las Delegaciones Provinciales de MUGEJU y en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, debiendo utilizar el impreso normalizado correspondiente disponible tanto en la sede central de la MUGEJU y las Delegaciones Provinciales, como en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es) junto al que deberá acompañarse la documentación pertinente.