Exigimos asimismo que se
inicie, de inmediato, la negociación colectiva de los planes de reactivación de
la actividad procesal anunciados y, también, de la implantación de los sistemas
de teletrabajo, materias ambas que afectan directamente a las condiciones de
trabajo del personal funcionario.
La nota de prensa del Ministerio de Justicia emitida tras la reunión de la Comisión de Coordinación del pasado
viernes, pone de manifiesto que el ministro Campo sigue sin aceptar que los
trabajadores y trabajadoras de Justicia estemos representados en los órganos
donde se toman las decisiones que afectan a nuestra salud laboral y condiciones
de trabajo.
En la nota de prensa el Ministro agradece el esfuerzo del personal de
Justicia en el mantenimiento de los servicios esenciales y ese reconocimiento
es muy importante.
No obstante, el Ministro se olvida que su obligación, incluso en una
situación como la que padecemos ahora, es la de negociar con la representación
sindical cualquier plan de agilización que pretenda poner en marcha incluyendo
la implantación de sistemas de acceso remoto desde el domicilio para favorecer
el teletrabajo empezando por las iniciativas, o “buenas prácticas” como las
denomina en su nota de prensa, que se están poniendo en marcha, de forma
unilateral y sin tener competencias para ello, por la Secretaría de Gobierno de
la Audiencia Nacional y por los Tribunales Superiores de Justicia de Murcia y
Madrid.
Una obligación legal de negociar, puesto que el derecho fundamental de
negociación colectiva no se ha suspendido por el estado de alarma, pero también
un instrumento necesario para conseguir la colaboración de todos tal y como, el
mismo, solicita.
Por todo lo anterior, los sindicatos hemos remitido al Ministro de
Justicia Juan Carlos Campo el siguiente escrito:
“STAJ, CSIF, CCOO, UGT, CIG
y ELA, sindicatos integrantes de la mesa de negociación del Ministerio de
Justicia y representantes de más del 80% de las 55.000 personas que constituyen
el personal funcionario no judicial ni fiscal de la Administración de Justicia, por medio del presente solicitamos la
convocatoria inmediata, al amparo del art. 34.6 y DA y
el apartado 1.b) de la D.A. 12ª del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de la Mesa de negociación del
Ministerio de Justicia para abordar los siguientes temas:
1.- Integración de estas
organizaciones sindicales en la Comisión de coordinación de la situación de crisis creada
al amparo de la Orden SND/261/2020, en la misma situación en que están
integrados, además
del Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias en medios personales y
materiales; el Consejo General de Poder Judicial, la Fiscalía General del
Estado y el Consejo General de la Abogacía.
2.- Participación de estas organizaciones sindicales, desde el primer
momento, en el diseño, planificación e implantación en cualquier plan de
actuación o de agilización que se pretenda poner en marcha en la Administración
de Justicia, empezando en los planes que ya han sido objeto de anuncio en el
BOE y abordados en las dos últimas reuniones de la Comisión de seguimiento
antes citada, para las jurisdicciones social, contencioso-administrativa y
juzgados de lo mercantil, dado que dichos planes afectan a las condiciones de
trabajo del personal al que representamos.
3.- Negociación de la implantación de cualquier plan de acceso remoto
desde el domicilio o sistema de teletrabajo en lo que concierne a los cuerpos
funcionariales de Letrados/as de la Administración de Justicia, Médicos
Forenses, cuerpos generales de la Administración de Justicia y cuerpos
especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
En este sentido, le recordamos que estos sistemas de trabajo no pueden
ser implantados unilateralmente por la administración
ni pueden ser ordenados por los órganos de gobierno de los Tribunales
Superiores de Justicia ni otros organismos sin competencias en la determinación
de las condiciones de trabajo del personal funcionario.
4.- Instamos igualmente a ese Ministerio a que dé traslado inmediato a
las organizaciones sindicales del texto de cualquier proyecto que haya sido
elaborado ya en relación con las anteriores cuestiones, para su estudio por los
representantes del personal.
Los seis sindicatos entendemos que el derecho de participación,
información y consulta a los trabajadores que es la base de la negociación
colectiva se fundamenta entre otras razones, en el conocimiento que tenemos de
primera mano sobre la realidad de la Administración de Justicia.”