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viernes, 29 de diciembre de 2017

Plazo de los actos de comunicación al Ministerio Fiscal en la jurisdicción civil



En el BOE de hoy viernes se ha publicado la Ley 12/2017, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.

En virtud de lo dispuesto se prorroga hasta el 1 de enero de 2020 que el plazo para que se tengan por realizados los actos de comunicación al Ministerio Fiscal sea de 10 días naturales, y no el de un día hábil que marca el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

www.boe.es