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domingo, 29 de marzo de 2020

Los permisos retribuidos anunciados no afectan a la administración de justicia


El endurecimiento de las medidas, incluido el cese de actividad, no es aplicable de momento a Justicia. El CGPJ ya se ha pronunciado y mantiene todas sus decisiones anteriores sobre servicios esenciales. Por lo tanto no tenemos que recuperar horas como en el ámbito privado, ya que hasta los días que no tengamos que personarnos en nuestro puesto de trabajo seguimos estando en régimen de disponibilidad.

De hecho, en el borrador del nuevo decreto donde se regulan estos permisos retribuidos, ya se excluyen expresamente los servicios esenciales de justicia. Unos servicios que se están prestando diariamente por absolutamente todo el personal: una parte de forma presencial y el resto en situación de inmediata disponibilidad.

Por lo tanto, todo el personal de justicia sigue en activo incluso esos días que "en principio" no le corresponda acudir a su puesto de trabajo. Y decimos "en principio" porque realmente podrían llamarnos en cualquier momento para que acudamos de inmediato si en el órgano donde estamos destinados se produce alguna actuación urgente que requiriese de más personas para su tramitación.

Desde STAJ hemos vuelto a reclamar hoy que dicho régimen de disponibilidad se extienda sistemáticamente a todos los órganos, con el fin de reducir al máximo la exposición innecesaria de todo el personal de justicia.