En la página Web del Ministerio se publica la Resolución de 15 de noviembre de2021, de la Gerencia territorial de justicia de Castilla y León en Valladolid, por la que se realiza convocatoria para la constitución de las bolsas de trabajo de funcionarios interinos de los cuerpos generales al servicio de la administración de justicia-
Las plazas que se convocan son las siguientes:
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GESTIÓN |
TRAMITACIÓN |
AUXILIO |
LEÓN |
70 |
124 |
52 |
PALENCIA |
24 |
50 |
22 |
SALAMANCA |
42 |
64 |
32 |
VALLADOLID |
70 |
136 |
50 |
ZAMORA |
26 |
38 |
20 |
Además, en
cada bolsa se constituirá un cupo de reserva formado por los aspirantes que,
cumpliendo los requisitos, no hayan sido seleccionados como titulares. En todas las bolsas se reservará el 7% para personas con discapacidad igual o superior al 33%,
Los aspirantes a ser incluidos en las bolsas de trabajo deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, las condiciones generales y específicas establecidas en los artículos 5 y 6 de la Orden JUS/2296/2005, y que habrán de mantenerse hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo.
- DNI electrónico.
- Certificado digital.
- Cl@ve permanente.
- Cl@ve Pin 24 h.
Tanto a efectos de requisito para optar a las bolsas como para la valoración como mérito por aprobar exámenes de oposiciones, las pruebas selectivas que se tendrán en cuenta serán las dos últimas convocadas del cuerpo al que se aspira a formar parte como funcionario interino, cuya fase de oposición está completa, que se recogen a continuación:
BOLSA |
REFERENCIA DOS ÚLTIMAS CONVOCATORIAS |
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Gestión |
ORDEN JUS/1165/2017 de 24 de noviembre (BOE 30.11.2017) |
ORDEN JUS/764/2019 de 10 de julio (BOE 15-07-2019) |
Tramitación |
ORDEN JUS/1166/2017 de 24 de noviembre (BOE 30.11.2017) |
ORDEN JUS/903/2019 de 9 de agosto (BOE 31-08-2019) |
Auxilio |
ORDEN JUS/1164/2017 de 24 de noviembre (BOE 30.11.2017) |
ORDEN JUS/60/2020 de 15 de enero (BOE 27.01.2020) |
La valoración de los méritos de los aspirantes que reúnan los requisitos establecidos en la Orden JUS/2296/2005 se realizará de conformidad con lo dispuesto en su artículo 8 y vendrán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Una vez finalizado el proceso de baremación de los méritos, la Gerencia Territorial publicará, en cada uno de los lugares donde estuvo expuesta esta convocatoria, la relación provisional de los seleccionados en cada una de las bolsas convocadas, en la que se indicará apellidos y nombre, D.N.I., número de orden y puntuación obtenida en la bolsa respectiva. En esta relación se incluirán los integrantes del respectivo cupo de reserva.
Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución que apruebe los listados provisionales para presentar reclamaciones sobre la valoración de los méritos y efectuar las alegaciones que consideren oportunas.
Sólo se podrá formar parte de una bolsa de trabajo objeto de esta convocatoria. Los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una bolsa, incluidos los funcionarios interinos que estuvieran trabajando al tiempo de la convocatoria, deberán optar en el mismo plazo concedido para efectuar reclamaciones por la bolsa en la que deseen formar parte. De no hacerlo, se incluirán de oficio en la bolsa en la que ocupen mejor posición, según el orden de numeración. En el caso de ocupar la misma posición, se incluirán en la bolsa de cuerpo superior y, en su caso, en la de la provincia del domicilio que conste en la solicitud.
La presentación de alegaciones y la opción de bolsa se realizarán a través de los registros de los órganos administrativos y demás dependencias previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido a la Gerencia Territorial de Justicia de Castilla y León en Valladolid (DIR3: EA0041082).
Las personas interesadas en la convocatoria tendrán en cuenta lo siguiente:
- No se admitirá ninguna solicitud de participación que no se presente de forma electrónica.
- Asimismo, no se admitirá ninguna solicitud de participación recibida por fax o por correo electrónico.
- El asistente de inscripción permite un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la instancia en dicho asistente, dentro del plazo establecido, ya se considerará presentada.
- Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, previamente tendrá que anular, generar y confirmar una nueva a través del asistente de inscripción.
- Dentro del período de inscripción, se pueden anular, generar y confirmar tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez la última instancia presentada.
- En caso de anular una solicitud, si no presenta y confirma en plazo una nueva dentro del asistente, no formará parte del proceso de selección.
- Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de inscripción.
- La solicitud ha de cubrirse en todos sus campos, incluyéndose un número de teléfono y una dirección de correo electrónico como datos de contacto a través de los cuales efectuar los llamamientos y mantener las comunicaciones ordinarias.