En la página Web de MUGEJU se publica la siguiente nota informativa:
El 22 de diciembre de 2021 el Gerente de MUGEJU suscribió con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España (CGCOF), la prórroga del Concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia, suscrito el 26 de junio de 2017 y modificado por la adenda suscrita el 2 de julio de 2020.
La prórroga entra en vigor el 1 de enero de 2022 y estará vigente hasta el día treinta y uno de diciembre de 2023.
El Concierto suscrito entre el CGCOF y MUGEJU el 27 de julio de 2017 tiene por objeto establecer la forma y las condiciones en que las Oficinas de Farmacia legalmente establecidas colaboran profesionalmente con MUGEJU, en lo referente a la dispensación de los medicamentos y otros productos farmacéuticos, de acuerdo con la legislación vigente. Asimismo el Concierto contempla las condiciones de facturación por parte de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos y pago de las recetas dispensadas a los mismos.