Damos cuenta del informe de la Unidad Coordinadora de Riesgos Laborales del Ministerio de Justicia sobre el uso de mascarillas en el trabajo.
En esencia, el Informe recomienda mantener el uso de la mascarilla, salvo para el personal de los Institutos de Medicina Legal, que realiza su jornada y actividad en las Clínicas forenses, lugar asimilado a centro sanitario, y, según lo legislado en el Real Decreto referido, se habrá de seguir portando mascarilla de manera obligatoria durante la permanencia en estos centros.
El Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, del Ministerio de Sanidad de fecha 19 de abril de 2022, establece que, en el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, determina que los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, podrán establecer las medidas preventivas adecuadas a implantar en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo. En nuestro caso, la UCRL sólo ha hecho recomendaciones, no ha establecido la obligatoriedad de las mismas (excepto en los IMLs), ni para los trabajadores ni para los usuarios de la Administración de Justicia, lo que va a provocar más de un problema, por lo que el Ministerio de Justicia debe aplicar lo recogido en el Real Decreto y conforme a la evaluación de riegos de los puestos de trabajo que ahí se menciona, "determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse
en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el
posible uso de mascarillas", establecer, no recomendar, tal y como ya se hace en multitud de empresas privadas y organismo públicos.