El Sindicato de Trabajadores de
la Administración de Justica -STAJ- se ha interesado por la situación de
las plazas de refuerzo cubiertas por funcionarios interinos, que han cumplido,
o están a punto de cumplir, los 3 años de existencia.
Recordamos que el artículo 489.4 de la LOPJ señala para estos casos que, “al cabo de tres años desde el nombramiento,
se propondrá su conversión en las relaciones de puestos de trabajo como
incremento de plantilla si se constatara que la necesidad de personal tiene
carácter estructural”
Estamos a la espera de que desde
el Ministerio nos convoquen a una reunión para convertir esos nombramientos de
refuerzo, de más de 3 años, en plazas estructurales (plazas vacantes). El Ministerio nos ha trasladado que estas plazas de refuerzo de más de tres años se van a convertir en plazas vacantes en
breve, ofertándose en el primer concurso de traslados para los titulares; hasta
que se resuelva dicho concurso, estas plazas se van a mantener cubiertas por los
mismos funcionarios interinos que las cubren actualmente.
Recordamos que la consolidación
no tiene porqué ser en el mismo Órgano judicial en el que se han cumplido los 3
años, puede ser en el mismo, o en otro.
El Ministerio ya ha solicitado
datos e informes a las distintas Secretarías de Gobierno.
En General, se van a renovar todos los nombramientos de refuerzo (que vencen el 31 de mayo), salvo que desde el Órgano judicial no se solicite su renovación, o desde la Secretaría de Gobierno se informe de forma negativa a la renovación del mismo.